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Administración Municipal y el DANE censan a los habitantes de calle de Pitalito

La Secretaría de Gobierno, en articulación con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), y con el apoyo de la E.S.E Manuel Castro Tovar, iniciaron el proceso de censo poblacional a los habitantes de calle del municipio.

Desde este lunes 9 de noviembre, como lo indican los parámetros del artículo 4 de la Ley 1641 de 2013, la Secretaría de Gobierno Municipal junto al DANE y con el apoyo de la ESE Manuel Castro Tovar, iniciaron el censo poblacional a los habitantes de calle en el municipio, el cual se aplicará solamente en la zona urbana de Pitalito.

En el artículo 1° de la Ley 1641 se define el habitante de la calle como la “persona sin distinción de sexo, raza o edad, que hace de la calle su lugar de habitación, ya sea de forma permanente o transitoria y, que ha roto vínculos con su entorno familiar”.

Por tal motivo, este censo servirá como insumo para la construcción de una Política Pública Social de los Habitantes de la Calle, y se convertirá en una herramienta indispensable para la formulación de acciones que contribuyan a mejorar sustancialmente su condición de vida.

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