Con la firma
del decreto presidencial que faculta a la Policía para incautar todo tipo de
estupefacientes en vía pública, lo que
se espera es la reglamentación de los procedimientos, en cada circunstancia,
y el paso a paso que deben realizar los uniformados.
Desde enero
del 2017, cuando entró en vigencia el Código de Policía, los uniformados están
facultados para incautar y destruir toda sustancia estupefaciente que se
consuma en espacio público, aunque esté dentro de los parámetros de la dosis
mínima.
Según la
Corte Constitucional, una persona puede portar hasta 20 gramos de marihuana y
un gramo de cocaína. No obstante, desde este viernes, con la firma del decreto,
si la Policía sorprende a un ciudadano en espacio público con las dosis
señaladas, se destruirá la droga y se impondrá una multa de 208.000 pesos,
aunque si se asiste a un curso se puede obtener una rebaja.
Pero si porta una
cantidad superior, será capturada por porte y tráfico de estupefacientes.
La dosis de
aprovisionamiento, que corresponde a la cantidad requerida para la semana o el
mes, no existe para la Policía. Por eso, un ciudadano sorprendido con una dosis
mayor a la mínima será llevado ante la autoridad competente para determinar si
es o no dosis de aprovisionamiento.
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