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Desde el viernes, habrá una multa de $ 208.000 por dosis mínima


Con la firma del decreto presidencial que faculta a la Policía para incautar todo tipo de estupefacientes en vía pública, lo que se espera es la reglamentación de los procedimientos, en cada circunstancia, y el paso a paso que deben realizar los uniformados.

Desde enero del 2017, cuando entró en vigencia el Código de Policía, los uniformados están facultados para incautar y destruir toda sustancia estupefaciente que se consuma en espacio público, aunque esté dentro de los parámetros de la dosis mínima.

Según la Corte Constitucional, una persona puede portar hasta 20 gramos de marihuana y un gramo de cocaína. No obstante, desde este viernes, con la firma del decreto, si la Policía sorprende a un ciudadano en espacio público con las dosis señaladas, se destruirá la droga y se impondrá una multa de 208.000 pesos, aunque si se asiste a un curso se puede obtener una rebaja. 
Pero si porta una cantidad superior, será capturada por porte y tráfico de estupefacientes.

La dosis de aprovisionamiento, que corresponde a la cantidad requerida para la semana o el mes, no existe para la Policía. Por eso, un ciudadano sorprendido con una dosis mayor a la mínima será llevado ante la autoridad competente para determinar si es o no dosis de aprovisionamiento.

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