Nuevo decreto de aislamiento.
DECRETA:
Artículo 1. "Aislamiento. Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:001 ael día 1 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19".
Serán 43 las excepciones y los Alcaldes tendrán la posibilidad de garantizar la reactivación de la economía de acuerdo a las condiciones y con previa autorización del Ministerio del Interior.
Los vuelos nacionales e internacionales siguen suspendidos. Tampoco se presentará el transporte público intermunicipal de pasajeros.
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