Se ha indicado que estas ayudas van dirigida a ciertos de trabajadores dependientes o
independientes que estén cesantes y que hayan estado afiliados a cajas de
compensación familiar.
En el marco de la emergencia económica decretada por la
propagación del coronavirus, el Gobierno Nacional anunció hace unos días el
subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante.
Las personas cesantes que se postulen tendrán acceso a
aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado
sobre un salario mínimo legal mensual vigente (smlmv).
"Adicionalmente,
recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en
situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y
valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la
legislación vigente aplicables al Sistema de Subsidio Familiar", explicó
el Ministerio del Trabajo.
Así mismo, se le cubrirá una transferencia económica para
los gastos de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada
beneficiario. Esta será por un valor de dos 2 salarios mínimos, que se
dividirán en 3 mensualidades iguales.
El subsidio va dirigido exclusivamente a los trabajadores
dependientes o independientes que estén cesantes y que durante el tiempo que
hayan estado afiliados a las cajas de compensación familiar pertenezcan a las
categoría A y B.
Este subsidio también cobija a aquellas personas que no
perciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado
aportes a una caja de compensación durante un año continuo o de manera
intermitente en los últimos cinco años.
Los postulantes deben acreditar una certificación sobre la
terminación del contrato de trabajo (en caso de trabajadores dependientes) o de
cese de ingresos (en caso de independientes) ante la última caja de
compensación familiar a la que estuvo afiliado.
Simultáneamente, debe diligenciar de manera electrónica el
formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante.Puedes hacer clic aquí http://www.cajasai.com/formatos/Formulario%20unico%20de%20postulacion.pdf . Para aquellos beneficiarios que no puedan
hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva
caja. El documento debe ser firmado y remitido a la caja, que se encargará de
valdar el requisito.
"En el evento en que existan aportes realizados a una
caja de compensación diferente, se le deberá requerir para que certifique lo
pertinente, respuesta que debe dar en un término no superior a 3 días hábiles,
dentro de los cuales no se suspenderá el plazo para decidir acerca del reconocimiento
o no del beneficio", explicó la cartera.
Los recursos podrán ser apalancados a través de la
administración del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC, mediante el concepto
financiero de unidad de caja entre las subcuentas del fondo, para tratar de
tener la mayor cobertura en cada uno de los territorios.
El ministerio aclaró que aquellos cesantes a quienes se le
reconozcan prestaciones derivadas del Mecanismo de Protección al Cesante,
perderán los beneficios en caso que obtengan una fuente directa de ingresos o
realicen una actividad remunerada.
También lo perderán quienes renuncien a estas prestaciones o
rechacen, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio
Público de Empleo, cuando esta ocupación le permita ganar una remuneración
igual o superior al 80 % de la última devengada y no se deterioren las
condiciones del empleo anterior.
La misma sanción aplica para aspirantes que se postulen a
más de una caja de compensación familiar para recibir el beneficio o si lo
recibió a través de engaño o simulación.
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