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Cesantías pueden usarse para pagar el impuesto predial

Se aproxima el pago del impuesto predial en Colombia y es importante que los trabajadores con ahorros en cesantías conozcan cómo hacer uso de estos recursos y puedan realizar el pago de esta obligación tributaria de ser necesario con este ahorro.

Como una herramienta útil en ese sentido, el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir recuerdó que, dentro de los usos que pueden darle los afiliados al ahorro en cesantías, está la destinación de retiros parciales para el pago del impuesto predial, solicitud que pueden realizar a través de la zona transaccional habilitada por este Fondo para los afiliados y los empleadores.

Vale la pena recordar que las cesantías también pueden ser usadas como: auxilio en momentos de desempleo, para financiar la educación del trabajador, cónyuge o hijos en entidades de educación superior o entidades de trabajo y desarrollo humano acreditadas, y para la adquisición, construcción, pago de crédito hipotecario y mejoras de vivienda. También puede ser usada para el pago del impuesto predial y valorización.

A continuación, lo que debe saber para hacer uso de las cesantías y cumplir con esta obligación tributaria.

1. ¿Qué documentos se necesitan para realizar ese retiro en un Fondo?

Si el afiliado realiza la solicitud por la zona transaccional dispuesta en la página web del Fondo, debe adjuntar la fotocopia de la cédula del afiliado y la carta original de autorización emitida por el empleador en la que se indique el monto, el concepto y el beneficiario del pago. Así mismo debe especificar que la empresa se compromete a vigilar la inversión de las cesantías

Otra opción ágil y segura es a través de la zona pública de la página web. Solo deberá hacer la solicitud sin necesidad de adjuntar documentación, ya que el empleador autorizará la solicitud a través de su zona transaccional empleador.

2.  Si el afiliado a cesantías tiene varios inmuebles ¿puede pagar los impuestos prediales de estos inmuebles con estos recursos?

Puede usar estos recursos para pagar el impuesto predial en el que habita el afiliado o su cónyuge.

3. ¿Hasta cuándo hay plazo para solicitar el dinero para pagar este impuesto?

Las cesantías se pueden retirar en cualquier momento y, si cumple con los requisitos de Ley, en un Fondo como Porvenir tiene la posibilidad de recibir estos recursos el mismo día, dependiendo del canal y medio de pago.

4. Si el inmueble está a nombre de mi cónyuge ¿puedo también solicitar el retiro de cesantías para pago del predial?

Sí. El empleador debe autorizar el retiro de cesantías por este concepto.

5. ¿Por cuáles canales se puede hacer la solicitud de estos recursos? ¿Se puede en línea?

En el marco del proceso de transformación digital que adelanta el sector pensional y ante la coyuntura generada por la pandemia, el Fondo puso a disposición la plataforma virtual para realizar el proceso de solicitud de cesantías 100% en línea y así evitar el desplazamiento a la red de oficinas. Actualmente, el 39% de estos retiros se han hecho a través de internet.

Erik Moncada, vicepresidente de Clientes y Operaciones de Porvenir, hace un hace un llamado a los colombianos para que continúen haciendo un uso responsable de las Cesantías y las destinen para su principal objetivo como es el de solventar momentos de inestabilidad laboral o concretar proyectos relacionados con vivienda y educación.

“El reto para las Administradoras es seguir trabajando en estrategias de educación financiera que les permitan a los afiliados tomar decisiones acertadas con los recursos ahorrados en Cesantías”, dijo el directivo.


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