La
ponencia de la magistrada Cristina Pardo, que proponía limitar el
tiempo para proceder a un aborto, fue votada negativamente en la tarde
de este miércoles. La votación fue de 6 a 3 aprobando el aborto con
ciertos casos permitidos pero sin límite de tiempo.
La
ponencia pretendía poner un límite de tiempo que constaría de 24
semanas para el aborto en las tres causales permitidas por la ley, es
decir, cuando el feto es fruto de una violación o incesto, cuando afecta
física o mentalmente la salud de la mujer o cuando el feto posee algún
tipo de malformación.
La
decisión de Pardo se generó producto de una tutela concedida a una
mujer de 33 años de edad, mediante una medida cautelar, a quien se le
permitió recurrir al aborto por una posible malformación en el feto, ya
que podría presentar trastorno psicomotor, endocrino, óptico y
olfatorio, y que de hecho, nacería sin el sentido de la vista.
Ante
esto la magistrada se mostró inconforme al considerarlo una violación
al derecho a la vida de un ser humano, al haber recurrido al aborto
cuando se superaban las 24 semanas y además, indica que no hubo una
prueba médica o científica que seriamente constatara la inviabilidad del
embarazo.
Voces
de apoyo y en contra salieron al conocerse este dictamen, la Defensoría
del Pueblo por su parte lo consideró un retroceso, asegurando que la
interrupción voluntaria del embarazo “en las condiciones previstas por
la sentencia C 355 de 2006 de la Corte Constitucional debe protegerse
porque interpreta el espíritu garantista y humanista de la
Constitución”.
Así
mismo el Centro de Derechos Reproductivos, la Mesa por la Salud y la
Vida de las Mujeres, Profamilia, entre otros, pidieron que no se
limitaran los derechos de las mujeres.
"Esto
pondría en riesgo sus vidas, su salud y aumentaría las barreras
existentes que impiden la garantía de este derecho”, señaló el
comunicado en el que hacen referencia a las mujeres víctimas de
violaciones, de bajos recursos y a las que aún no conocen sus derechos.
No hay comentarios